Las deudas se acumularon, ya no alcanza el ingreso para todas y cada mes aparecen más llamadas de cobro, cartas de abogados o demandas. Negociar acreedor por acreedor casi nunca funciona. La ley colombiana ofrece otra salida: la insolvencia de persona natural, un trámite en el que usted presenta un plan de pagos y lo negocia con todos sus acreedores a la vez ante un conciliador.
En LITESCO lo acompañamos en Bogotá desde la revisión de sus deudas hasta el acuerdo de pago, con una propuesta que usted pueda cumplir.
dura la negociación, con prórroga de 30 si hay acuerdo conjunto
desde que se acepta la solicitud, los procesos de cobro en curso se suspenden
se negocia con todos los acreedores en una audiencia
¿Qué incluye este servicio de Insolvencia de Persona Natural?
- Diagnóstico de sus deudas: listamos a quién debe, cuánto, desde cuándo y qué procesos tiene, y le decimos si el trámite le conviene.
- Revisión de cada deuda: verificamos montos, intereses y si alguna ya prescribió, antes de negociarla.
- Acreedores y bienes en orden: los relacionamos según el orden de pago que fija la ley, junto con sus gastos y su patrimonio.
- Propuesta de pago realista: diseñamos un plan acorde con sus ingresos, para que el acuerdo se pueda cumplir.
- Solicitud completa: la presentamos con todos los soportes ante un centro de conciliación o notaría autorizados.
- Representación en la audiencia: respondemos las objeciones de los acreedores para llegar a un acuerdo.
- Suspensión de procesos de cobro: presentamos la certificación de aceptación en los procesos que ya cursan en su contra.
¿Cuándo necesita este servicio?
Es para quien debe más de lo que puede pagar y necesita un orden. Consúltenos si:
- Tiene deudas en mora por más de 90 días con varios acreedores y no logra ponerse al día.
- Le llegó una demanda de cobro o tiene embargos en su cuenta o salario.
- Sus créditos de bancos, tarjetas, cooperativas o prestamistas superan lo que gana.
- Es persona natural no comerciante o pequeño comerciante, con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos.
- Prefiere un plan de pagos conjunto a negociar acreedor por acreedor.
¿Cómo trabajamos?
- Diagnóstico: reunimos sus deudas y soportes y le decimos con honestidad si el trámite le conviene.
- Revisión de deudas: confirmamos montos y plazos (cuándo prescribe una deuda).
- Propuesta y solicitud: armamos su plan de pagos y radicamos la solicitud (cómo funciona la insolvencia hoy).
- Aceptación y suspensión: con la solicitud aceptada, buscamos suspender sus procesos de cobro (qué hacer si ya lo demandaron).
- Audiencia: lo representamos frente a los acreedores y trabajamos el acuerdo.
- Cumplimiento: vigilamos que el acuerdo se cumpla y le explicamos qué pasa si no se logra o se incumple.
Respaldo legal: Ley 2445 de 2025 y Código General del Proceso
La Ley 2445 de 2025 modificó el régimen de insolvencia del Código General del Proceso (artículos 531 a 576) para personas naturales no comerciantes y pequeños comerciantes. La negociación de deudas dura 60 días desde que queda en firme la aceptación, prorrogables por 30 días más si el deudor y los acreedores con quienes ya concilió lo piden, y se tramita ante un centro de conciliación o notaría autorizados.
El artículo 545 establece que, desde la aceptación de la solicitud, no pueden iniciarse nuevos procesos de cobro contra usted y se suspenden los que estén en curso. Si la negociación fracasa o el acuerdo se incumple, se abre la liquidación patrimonial ante un juez civil.
¿Por qué LITESCO?
- Evaluamos sus deudas antes de iniciar y le decimos con honestidad si el trámite le conviene.
- Armamos una propuesta que usted pueda cumplir, para evitar que el acuerdo se incumpla.
- Hacemos seguimiento a la suspensión de procesos de cobro y a cada plazo del trámite.
Si sus deudas ya no le dan respiro, no espere a que lo embarguen. Agende una consulta con LITESCO y evaluamos si la insolvencia es el camino adecuado para su caso.